El martes 12 de octubre el diputado Cristián Labbé de la Unión Demócrata Independiente (UDI), presentó un proyecto de ley que busca regular la tuición compartida de mascotas en caso de separación de una pareja.

Según señaló el parlamentario, “cuando uno adopta un perrito tiene que tener la conciencia que cuando está en una familia o con pareja, a veces, lamentablemente, las parejas se separan o cesan su convivencia, y estás mascotas quedan abandonadas, en tierra de nadie”.

En relación a lo anterior informó que, “he definido un proyecto de ley que viene a modificar el que habla sobre la tenencia responsable de mascotas“.

Explicó que la iniciativa busca que, cuando dos personas se separan, “puedan hacer uso de una tuición de estás mascotas”, con el fin de llegar a un acuerdo para “velar por la seguridad de los animales“.

Mencionó que “en caso de llegara un acuerdo, puedan ir a una notaría y puedan firmar un documento”.

En caso contrario la idea es que, “exista la posibilidad de ir al Juzgado de Policía Local en donde el juez pueda funcionar como mediador y entregarle las garantías a este animal que es indefenso, para que se tutelen las visitas y el régimen económico de las mascotas”.

Enfatizó en las mascotas “se enferman y deben comer, y hoy en día cuando estás parejas se separan ellos quedan a la deriva”.

Un día de luto

Otro proyecto de ley que se ha presentado recientemente en la Cámara de Diputadas y Diputados, es aquel que busca establecer un día hábil de permiso laboral por la muerte de una mascota.

Lo que busca este proyecto es dar un día libre, un día de licencia para las personas que pierdan a un ser tan querido como lo puede llegar a ser una mascota, y de esa forma poder hacer un luto, poder enterrarlo, poder tener un espacio, aunque sea muy pequeño de reconocimiento”, comentó el diputado José Miguel Castro (RN).

La iniciativa busca modificar el Código del Trabajo incorporando en el artículo 66 un nuevo inciso tercero, el cual indicaría que “todo trabajador tendrá derecho al mismo permiso que el de los incisos anteriores, por un día hábil, en caso de muerte de una mascota o animal de compañía”.

En ese sentido, la ley indicaría que “se considerará que son mascotas o animales de compañía aquellos animales domésticos, cualquiera sea su especie, que sean mantenidos por las personas para fines de compañía o seguridad, con excepción de aquellos animales cuya tenencia se encuentre regulada por leyes especiales”.

Tras ingresar este nuevo artículo como tercer inciso, el actual tercer inciso pasaría a ser un cuarto inciso y así sucesivamente.